Sentencia N° 235 — Sala de Casación Social del TSJ, 18 de marzo de 2016
TSJ/SCS, Sent. N° 0235, Exp. 12-981, 18/03/2016
Expediente12-981
PonenteMÓNICA GIOCONDA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-03-18
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Jacinto Alberto Toledo Egui contra la sentencia del Juzgado Superior Quinto del Trabajo, que había modificado una decisión anterior sobre el cobro de prestaciones sociales. La Sala consideró que la juez de alzada aplicó correctamente la normativa laboral vigente, en particular el artículo 165 de la Ley Orgánica del Trabajo, que establece las condiciones para la compensación de deudas del trabajador con el patrono.
Extracto de la motiva
La falta de aplicación de una norma tiene lugar cuando el sentenciador niega la aplicación de una disposición legal que se encuentra vigente, a una determinada relación jurídica que está bajo su alcance. (Sentencia Nro. 1993 de fecha 4 de diciembre de 2008, caso: Clemente Pastrán Vs. COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A.). Con relación a los referidos descuentos, la juzgadora de alzada sostuvo en su decisión, lo que se transcribe a continuación: (…) En cuanto a la apelación de la parte demandada tenemos que el único punto de apelación esta referido a que la sentencia de instancia no valoró la prueba de informes promovida por dicha representación en la cual a decir de la demandada los mismos no fueron sustraídos de la condena, en tal sentido debe esta alzada analizar los puntos específicos señalados, así tenemos que de la prueba de informes dirigida al Banco Banesco se evidencia lo siguiente; En abril de 1999, concatenada con la documental marcada LL, que el trabajador recibió la cantidad de Bs. 1.727.158.00 (hoy Bs.F 1.727.15), cantidad ésta que constituye anticipo de prestaciones sociales la cual deberá ser sustraída de la condena de la prestación de antigüedad del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo. (…).
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Segunda de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación ejercido por el ciudadano JACINTO ALBERTO TOLEDO EGUI, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 3 de abril de 2012; SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte actora recurrente, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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