Sentencia N° 2307 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2006
TSJ/SCS, Sent. N° 2307, Exp. 06-145, 15/12/2006
Expediente06-145
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-12-15
DecisiónDeclina
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en respuesta a la solicitud de avocamiento presentada por Aura de Las Mercedes Pacheco Briceño, decide declinar su competencia a la Sala Político Administrativa. La solicitante busca ser declarada beneficiaria de prestaciones laborales de su difunta hija, pero la Sala determina que el asunto no es afín a su competencia, ya que se trata de derechos laborales derivados de una relación de empleo público.
Extracto de la motiva
El avocamiento constituye una facultad excepcional que permite a un superior atraer para sí el examen y decisión de una causa cuyo conocimiento, conforme a las reglas ordinarias de competencia, corresponde a un inferior. En el caso sub iudice se observa, en cuanto a la pretensión deducida en el proceso respecto del cual se pidió el avocamiento de esta Sala de Casación Social, que la ciudadana Aura de Las Mercedes Pacheco Briceño solicita, en el petitorio de su libelo de demanda, que se le declare como la única ascendiente beneficiaria de las prestaciones sociales y demás conceptos laborales que correspondiesen a su difunta hija, ciudadana María Berenice Rodríguez Pacheco. En consecuencia, visto que el proceso objeto del avocamiento no es afín con la competencia atribuida a esta Sala de Casación Social, puesto que versa sobre los derechos laborales derivados de una relación de empleo público que existía frente a la Administración Pública Nacional, se concluye que no es esta Sala la llamada a conocer de la solicitud presentada por la ciudadana Aura de Las Mercedes Pacheco Briceño, por lo que no le está dado examinar si se encuentran satisfechos sus requisitos de procedencia.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLINA en la Sala Político Administrativa de este alto Tribunal, la competencia para conocer de la solicitud de avocamiento formulada por la ciudadana Aura de Las Mercedes Pacheco Briceño. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la mencionada Sala Político Administrativa de este Supremo Tribunal.
Palabras clave
avocamientoprestaciones laboralesempleo públicoderechos laboralescompetenciaSala Político AdministrativaLey Orgánica del Trabajo