Sentencia N° 226 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de marzo de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0226, Exp. 17-784, 19/03/2018
Expediente17-784
PonenteJESÚS MANUEL JIMÉNEZ ALFONZO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-03-19
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia del Magistrado Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, decidió el recurso de casación interpuesto por la sociedad mercantil Bohai Drilling Service de Venezuela, S.A. contra el fallo del Tribunal Tercero Superior del Trabajo, que había confirmado una decisión de primera instancia que declaró parcialmente con lugar la demanda de prestaciones sociales del trabajador José Encarnación Medina Portillo. La Sala determinó que la empresa demandada no logró desvirtuar la presunción de que sus actividades eran inherentes a las de la estatal PDVSA, lo que justificaba la aplicación de la Convención Colectiva Petrolera.

Extracto de la motiva

motiva: (…) la presente controversia (…) se centró en verificar el régimen jurídico aplicable al presente caso. Por lo que se procede seguidamente entrar a verificar el fondo del presente asunto en atención a los IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 4 de 12 hechos señalado por la parte demandada recurrente y las circunstancias desprendidas de las propias actas, a fin de determinar la procedencia o no de las pretensiones aducidas por las partes, por lo que se deberán verificar si las actividades que realiza la demandada se encuentran relacionadas con la actividad de los hidrocarburos y a su vez si las actividades realizadas por el ex trabajador demandante resultan inherentes y conexas con la actividad petrolera, con el fin de excluir o incluir al demandante dentro del ámbit

Dispositiva

PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la parte demandada, sociedad mercantil BOHAI DRILLING SERVICE DE VENEZUELA, S.A., contra el fallo proferido por el Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Zulia con sede en Cabimas, en sentencia de fecha 9 de agosto de 2017; SEGUNDO: CONFIRMA el fallo recurrido.

Palabras clave

prestaciones socialescasaciónconvención colectivatrabajoincongruencia positiva

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