Sentencia N° 2245 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 2245, Exp. 13-105, 17/12/2014
Expediente13-105
PonenteARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónCOMPETENTE

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala de Casación Social Agraria, se pronunció sobre la competencia para conocer un recurso de nulidad interpuesto por Mario Agostini Álvarez contra un acto administrativo del Instituto Nacional de Tierras. La decisión se basa en la regulación de competencia establecida por la Resolución N° 2008-0028, que suprime la competencia del Juzgado Superior Cuarto Agrario de Barinas en favor del nuevo Juzgado Superior Agrario de Mérida, creado para ejercer competencias en esa circunscripción. El tribunal concluyó que el Juzgado Superior Agrario de Mérida es el competente para seguir conociendo el caso, dado que el predio objeto del recurso se encuentra ubicado en su jurisdicción.

Extracto de la motiva

El Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, mediante decisión de fecha 4 de diciembre de 2012, consideró que el Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas debía seguir conociendo del presente asunto. El precitado tribunal, citando la Resolución N° 2008-0028 de fecha 6 de agosto de 2008 emanada de este Tribunal Supremo de Justicia, indicó: (…) tomando en cuenta lo dispuesto y transcrito de la referida resolución en sus disposiciones séptima que establece, las causas en materia Contencioso Administrativo Agrario, en donde se haya verificado la audiencia oral de informes, serán decididas por el mismo tribunal, en el caso que nos ocupa, por el Juzgado Superior Cuarto Agrario (…). (…) por lo que forzosamente esta superioridad concluye, que el tribunal competente para seguir conociendo del presente juicio, en virtud del estado del proceso en que se encuentra el recurso de nulidad anteriormente identificado, sin lugar a dudas, es el Tribunal Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas (…). En consecuencia, se ordena remitir al Tribunal de la causa el presente expediente para que se terminen de cumplir los lapsos y actos procesales correspondientes (…).

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Especial Agraria de la Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: COMPETENTE para seguir conociendo del presente asunto al Juzgado Superior Cuarto Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Barinas. Publíquese, regístrese y remítase el expediente al tribunal declarado competente. Particípese de esta decisión al Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Mérida.

Palabras clave

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