Sentencia N° 2244 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 2244, Exp. 13-1161, 17/12/2014
Expediente13-1161
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-11-06
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de noviembre de 2014, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Jesús Salvador Rendón Carrillo contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo, que había declarado sin lugar el recurso de apelación. La Sala analizó las denuncias de incongruencia negativa y error en la motivación, concluyendo que no existían fundamentos suficientes para declarar con lugar el recurso, ya que la decisión impugnada había emitido pronunciamiento sobre los puntos relevantes del caso. La Sala destacó que el recurrente no cumplió con la carga de fundamentar adecuadamente sus denuncias, lo que llevó a la improcedencia de las mismas. Se enfatizó que la falta de claridad y precisión en la argumentación del recurso de casación impide que la Sala pueda conocer de las denuncias planteadas, reafirmando así la importancia de la técnica casacionista en la presentación de los recursos. Finalmente, se confirmó el fallo recurrido y se condenó en costas a la parte recurrente, reafirmando el principio de irrenunciabilidad y la protección de los derechos laborales en el contexto de la relación laboral entre el actor y el Banco Industrial de Venezuela.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social, al analizar el recurso de casación interpuesto, se encuentra en la obligación de verificar si la decisión impugnada adolece de los vicios denunciados. En este sentido, se ha señalado que el vicio de incongruencia negativa se presenta cuando el juez omite pronunciamiento respecto a las defensas y excepciones planteadas por las partes, lo cual no se evidencia en el presente caso, ya que la decisión de la Alzada sí abordó la impugnación del poder presentado por la parte demandada. Asimismo, se ha indicado que la falta de fundamentación en la denuncia presentada por el recurrente impide a esta Sala conocer de las denuncias formuladas, dado que no se ha cumplido con la carga de argumentación que le corresponde al formalizante. En consecuencia, se concluye que la decisión de la Alzada no incurre en los vicios denunciados, ya que se ha pronunciado de manera expresa y precisa sobre los puntos relevantes del caso, cumpliendo así con el principio de exhaustividad que debe regir en las sentencias. Por lo tanto, la Sala de Casación Social declara improcedente el recurso de casación interpuesto, confirmando el fallo recurrido y condenando en costas a la parte recurrente, en virtud de que no se han presentado argumentos que justifiquen la nulidad de la decisión impugnada.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: 1) SIN LUGAR el recurso de casación intentado por la parte actora en contra del fallo proferido por el Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 25 de marzo de 2013. 2) Se CONFIRMA el fallo recurrido. Se condena en costas a la parte recurrente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónlaboralincongruencia negativaderechos laborales

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