Sentencia N° 217 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de marzo de 2018

TSJ/SCS, Sent. N° 0217, Exp. 17-638, 13/03/2018
Expediente17-638
PonenteDANILO A. MOJICA MONSALVO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2018-03-13
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de marzo de 2018, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por los demandantes contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, que había confirmado el fallo de primera instancia que declaró sin lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales. La Sala argumentó que no se evidenció la existencia de una relación laboral entre los demandantes y los demandados, ya que no se cumplían los elementos característicos de la laboralidad, como la ajenidad, dependencia y salario.

Extracto de la motiva

motiva la misma recurrida expresa que si los demandados niegan la prestación personal del servicio, los demandantes deben probar la existencia de la prestación personal del servicio y también deben probar que dicha prestación de servicio es por cuenta y en beneficio de la parte demandada. Por lo tanto, la recurrida incurre en contradicción en sus IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 2 de 24 motivos, pues primero señala que ante la negativa de existencia de la relación laboral basta con que el actor demuestre la existencia de la prestación de servicio y luego indica que debe demostrar la existencia de la prestación de servicio y, además, que debe demostrar que es por cuenta y en beneficio del demandado.

Dispositiva

Declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por el abogado Carlos Javier Tineo en nombre los accionantes JAVIER ANTONIO GUTIÉRREZ y LUIS ALEXIS PLAZA LÓPEZ, contra la sentencia de fecha 22 de junio del año 2017, emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial de Estado Sucre, con sede en Cumaná; en consecuencia, CONFIRMA la sentencia impugnada. Se condena en costas a los demandantes de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

casaciónlaboralprestaciones socialesrelación laboralindefensión

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