Sentencia N° 216 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de julio de 2019

TSJ/SCS, Sent. N° 0216, Exp. 14-1524, 11/07/2019
Expediente14-1524
PonenteEDGAR GAVIDIA RODRIGUEZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la Legalidad
Fecha de la decisión2019-07-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia del 11 de julio de 2019, declaró con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, Grupo Souto, C.A., anulando la sentencia del 31 de enero de 2011 que había declarado con lugar la demanda de despido injustificado presentada por Daniel José Millán Fleitas. La Sala determinó que el despido fue justificado debido a la falta grave del actor en el cumplimiento de sus obligaciones como médico veterinario y supervisor de la granja avícola, evidenciada por el deterioro de las instalaciones y la falta de aplicación de las vacunas a su cargo.

Extracto de la motiva

La Sala observa que el recurrente al plantear su recurso de control de la legalidad lo hace en los términos que se plantea un recurso de casación, donde legal y jurisprudencialmente se ha dicho debe aludirse a motivos tipificados en la ley adjetiva laboral –artículo 168-. Ahora bien, de conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la facultad de la Sala de Casación Social de revisar por la vía de control de la legalidad, a aquellas decisiones proferidas por los juzgados superiores del trabajo, que no siendo recurribles en casación, tiene lugar cuando se violente o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. Será en estos términos que se procederá a revisar si efectivamente la sentencia incurrió en tales infracciones. Para verificar lo aseverado por la recurrente, precisa esta Sala transcribir extractos de la sentencia recurrida, a los fines de corroborar las transgresiones al orden público alegadas, en los siguientes términos: ANALISIS PROBATORIO DEL ACTOR: Documentales: Folio 07 y 104: Marcado “A”: Instrumento privado de fecha 29 de septiembre de 2009: Referida a documental de carta de despido, a través de la cual se denota que el GRUPO SOUTO, C. A, le informa al ciudadano DANIEL JOSÉ MILLAN FLEITAS, su decisión de prescindir de sus servicios por incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato de trabajo. De la misma no se puede establecer de manera precisa las faltas que supuestamente incurrió el trabajador, al no precisarse circunstancia de modo tiempo y lugar en los cuales supuestamente ocurrieron los hechos, constituye indicativo de la fecha de despido del trabajador que deberá ser tomado en cuenta como fin de la relación laboral para los efectos jurídicos correspondientes. Así se decide.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada; SEGUNDO: NULA la sentencia dictada en fecha 31 de enero del año 2011, por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Cojedes, con sede en San Carlos; y TERCERO: SIN LUGAR la demanda.

Palabras clave

despidocontrol de la legalidadinjustificadolaboral

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca