Sentencia N° 2142 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 2142, Exp. 13-535, 17/12/2014
Expediente13-535
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por las co-demandadas en un caso de indemnización por accidente de trabajo. La sentencia de alzada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación, modificando el fallo original y estableciendo la responsabilidad solidaria de varias empresas y un ciudadano. La Sala determinó que existía una contradicción entre el fallo oral y el escrito, lo que llevó a anular la decisión recurrida y a declarar parcialmente con lugar la demanda de indemnización presentada por los herederos del trabajador fallecido, excluyendo a algunos demandados de la responsabilidad.
Extracto de la motiva
La Sala aprecia que el ad quem, culminada la audiencia de apelación realizada en fecha 15 de febrero del año 2012 y transcurrido el lapso establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; al pronunciarse sobre la solidaridad de los codemandados, emitió su fallo oral en los siguientes términos: En cuanto a la contradicción en la solidaridad de los co-demandados, efectivamente se evidencia una completa incongruencia dictada por el Tribunal de juicio, causando confusión entre las partes; ya que el punto segundo de la decisión declara Sin Lugar la solidaridad entre las empresas co-demandadas y en el punto sexto las condena. En consecuencia, este juzgado superior del análisis realizado concluye que las empresas que deben responder solidariamente por el pago de lo condenado en la presente causa son: AGROPECUARIA EL CRAO C.A., TRANSPORTE PEREZ MONTESINOS S.R.L., Y TRANSPORTE EL CRAO C.A. Y AGROPECUARIA MASANDU C.A. por incurrir en la admisión de hechos. Declarándose sin lugar la solidaridad con respecto al ciudadano NELSON PEREZ y SEGUROS LA PREVISORA. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte demandada; contra el fallo dictado por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, en fecha 22 de febrero del año 2013; SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por indemnización por accidente de trabajo tienen incoada los ciudadanos SUSANA ARRIECHE y JUAN JOSÉ GALLARDO, contra las sociedades mercantiles CONSTRUCTORA EL CRAO, C.A., AGROPECUARIA EL CRAO, C.A., TRANSPORTE PÉREZ MONTESINOS, S.R.L. y TRANSPORTE EL CRAO, C.A.; CUARTO: SIN LUGAR la demanda incoada con respecto al ciudadano NELSON PÉREZ PÉREZ, SEGUROS LA PREVISORA, AGROPECUARIA MASANDU y el ciudadano JOSÉ AGUILAR.
Palabras clave
indemnizaciónaccidente de trabajoresponsabilidad solidaria