Sentencia N° 2082 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de diciembre de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 2082, Exp. 08-0518, 12/12/2008
Expediente08-0518
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-12-12
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un recurso de casación interpuesto por el ciudadano Edgar Suárez Ochoa, declara con lugar el recurso y anula el fallo del Juzgado Octavo Superior del Trabajo. Se establece que existió una relación laboral entre el demandante y las empresas demandadas desde el 2 de noviembre de 1966 hasta el 25 de noviembre de 1998, fecha en la que fue despedido sin justa causa. La Sala determina que la parte demandada no logró desvirtuar la presunción de laboralidad de la relación, por lo que se ordena el pago de diversas prestaciones sociales y otros conceptos laborales.

Extracto de la motiva

La Sala ha establecido que la sentencia es inmotivada por haberse incurrido en silencio de pruebas, cuando el juez omite cualquier mención sobre una prueba promovida y evacuada por las partes, y cuando a pesar de haberse mencionado su promoción y evacuación, el juez se abstiene de analizar su contenido y señalar el valor que le confiere a la misma o las razones para desestimarla; siendo importante, además, que las pruebas silenciadas sean relevantes para la resolución de la controversia. En consecuencia, esta Sala considera que tales pruebas silenciadas, sí son determinantes para la resolución de la presente controversia, razón por la cual la sentencia impugnada se halla inmersa en el vicio de inmotivación por silencio de pruebas, infringiendo lo dispuesto en los artículos 168, numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 243, numeral 4 del Código de Procedimiento Civil, por lo que la presente delación debe ser declara con lugar. Así se decide.

Dispositiva

En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia proferida por el Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 14 de febrero de 2008; 2) ANULA el fallo recurrido; 3) En atención a lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la Sala desciende al estudio de las actas del expediente y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentada por el ciudadano Edgar Suárez Ochoa contra las sociedades mercantiles Polifilm de Venezuela, S.A., Plastiflex, C.A., Servicios 3P, C.A. y Plásticos y Derivados, C.A. (Playdeca).

Palabras clave

prestaciones laboralesdespido injustificadorelación laboralindemnizacióncobro de comisionessilencio de pruebasunidad económica

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