Sentencia N° 206 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de febrero de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 0206, Exp. 06-1248, 14/02/2007
Expediente06-1248
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-02-14
DecisiónPARCIALMENTE CON LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 05-132, declara parcialmente con lugar el recurso de casación interpuesto por Franklin Antonio Duque Ponce contra la sentencia del Tribunal Segundo Superior del Trabajo de Anzoátegui. La Sala encuentra que la decisión recurrida incurrió en infracción de ley por falta de aplicación de la doctrina vinculante sobre la relación de causalidad en casos de enfermedades profesionales, específicamente la neumoconiosis. Se establece que el trabajador debe demostrar la relación entre su enfermedad y las condiciones laborales para acceder a indemnización.

Extracto de la motiva

La Sala examina la recurrida y encuentra al hacer una cita parcial de la misma que en el folio 176 de la 8ª pieza se dejó establecido: (…) en el caso sub iudice quedó evidenciado a través del material probatorio cursante en autos, que el actor padecía de una enfermedad respiratoria, no obstante, se observa que en modo alguno consta en el expediente, la prueba de la existencia de la relación de causalidad entre el padecimiento de la enfermedad señalada con la actividad desempeñada por el actor con el consorcio accionado, siendo que ello constituía una carga procesal del trabajador accionante, según el régimen de distribución de la carga probatoria en materia laboral, requisito sine qua none (sic) para la procedencia de cualquier indemnización derivada de enfermedad profesional tanto si se trata de responsabilidad objetiva o subjetiva. Consecuentemente con lo expuesto, se puede colegir que en autos quedó evidenciada la existencia de una enfermedad respiratoria, padecida por el accionante, sin embargo, tal como se indicara ut supra no quedó demostrado de manera indubitable que, el estado patológico padecido por el trabajador haya sido contraído con ocasión del trabajo o por exposición al medio ambiente de trabajo, razón por la cual, concluye esta Sentenciadora en la improcedencia del aspecto denunciado, pues en definitiva el Juez a quo se circunscribió en su decisión a dar cumplimiento a lo prescrito en el ordenamiento jurídico y a la reiterada Jurisprudencia emanada del más Alto Tribunal y así se deja establecido.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara 1°) CON LUGAR el recurso de casación propuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 26 de junio del 2006 emanada del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui; se decreta la nulidad de dicho fallo, 2°) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano FRANKLIN ANTONIO DUQUE PONCE contra CONSORCIO COSTA NORTE CONSTRUCCIONES, C.A., COSTA NORTE CONTRUCCIONES C.A. y TRABAJOS INDUSTRIALES Y MECANICOS TRIMECA C.A. en los términos y condiciones expuestos en la parte motiva del presente fallo, y, 3°) SIN LUGAR la pretensión intentada en contra de las sociedades mercantiles SNAMPROGETTI S.p.A y FERTILIZANTES NITROGENADOS DE VENEZUELA FERTINITRO C.E.C.

Palabras clave

enfermedad profesionalneumoconiosisindemnizaciónrelación de causalidadtrabajoprestaciones socialesresponsabilidad patronal

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