Sentencia N° 2058 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 2058, Exp. 14-1272, 17/12/2014
Expediente14-1272
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Estado Zulia. La decisión se basa en el análisis de los argumentos presentados por la parte recurrente, quienes alegaron vicios en la aplicación de normas laborales y en la valoración de pruebas. Sin embargo, la Sala concluye que la decisión impugnada se ajusta a derecho y no se evidencian violaciones a normas de orden público.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar el fallo, de conformidad con el artículo 165 eiusdem y el criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A.; y deberá hacerse a través de escrito razonado, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Señala quien impugna que la juzgadora de alzada incurre en el vicio de falta de aplicación de los artículos 74 y 75 de la Ley Orgánica del Trabajo derogada, aplicable a la relación jurídica laboral ratione temporis, normas de orden público laboral y por lo tanto de cumplimiento obligatorio. En este particular, cuestiona la valoración y análisis probatorio que hiciera la ad quem de las documentales insertas en autos, con lo cual infringe además el artículo 10 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía conforme lo establece el artículo 11 de la ley adjetiva laboral.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, en fecha 21 de julio de 2014. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen, antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobroacreencias laboralesinadmisioncontrol de legalidadsentenciajuzgado

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