Sentencia N° 2036 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de diciembre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 2036, Exp. 08-1721, 09/12/2008
Expediente08-1721
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-12-09
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 9 de diciembre de 2008, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Zulia. La decisión se fundamenta en que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no se evidencian violaciones a normas de orden público ni a la doctrina jurisprudencial de la Sala.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, denuncia la parte demandada recurrente la violación de los artículos 10, 45, 69 y 509 de la Ley Orgánica del Trabajo, 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 12 del Código de Procedimiento Civil, así como las cláusulas 3, 69 y 74 numeral 14 de la Convención Colectiva Petrolera (2007-2009) y la jurisprudencia reiterada de esta Sala con relación a lo que debe entenderse por trabajador de confianza, al no haberse subsumido las labores ejercidas por el actor dentro de dicha categoría de trabajadores, la cual se encuentra excluida del ámbito subjetivo de la Convención Colectiva. Así pues, una vez analizado exhaustivamente el asunto planteado, esta Sala de Casación Social considera que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho, sin denotarse violación alguna de normas de orden público, ni de la reiterada doctrina jurisprudencial de la Sala; en consecuencia, visto que el alcance de la solicitud de control de la legalidad no se ajusta a los fines del recurso, debe forzosamente declararse su inadmisibilidad. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandada contra la sentencia de fecha 5 de agosto de 2008, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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