Sentencia N° 2026 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de diciembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 2026, Exp. 14-1453, 17/12/2014
Expediente14-1453
PonenteCarmen Esther Gómez Cabrera
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-12-17
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la admisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por Lorena Elizabeth Mármol Jiménez contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo de Lara. La Sala determinó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no vulneraba normas de orden público laboral, por lo que el recurso fue declarado inadmisible. Se destacó que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que requiere el cumplimiento de requisitos específicos para su admisibilidad.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de tiempo y de forma antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Denuncia la parte recurrente, el sentenciador de Alzada infringió el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y los artículos 3 y 197 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al considerar en su parte motiva que el empleador sí se afilió como patrono y afilió al trabajador, cumpliendo con las obligaciones contenidas en la Ley del Régimen Prestacional de Empleo, pues considera el recurrente en legalidad que el patrono no cumplió con tal deber y por lo tanto la recurrida no analizó correctamente las actas del proceso.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte actora contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de fecha 7 de octubre del año 2014. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.

Palabras clave

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