Sentencia N° 201 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de marzo de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 0201, Exp. 08-1368, 03/03/2009
Expediente08-1368
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-03-03
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, MIREYA DEL CARMEN VELÁSQUEZ DE CASTAÑEDA, contra la sentencia del Juzgado Superior Segundo que había declarado sin lugar la apelación. La Sala analizó los requisitos de admisibilidad del recurso y concluyó que no se ajustaba a los fines de este medio excepcional de impugnación, por lo que se declaró inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público o cuando la sentencia recurrida sea contraria a la reiterada doctrina jurisprudencial de dicha Sala de Casación. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte demandante recurrente, que de la sentencia dictada por el Juez Superior se observa una incongruencia total, que violenta lo establecido en los artículos 131 y 159 de la Ley Orgánica del Trabajo y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que a su decir, existe ausencia del debido proceso, acarreando la violación al derecho a la defensa.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia de fecha 13 de septiembre del año 2004, dictada por el Juzgado Superior Segundo para el nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Maracaibo.
Palabras clave
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