Sentencia N° 199 — Sala de Casación Social del TSJ, 7 de febrero de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 0199, Exp. 05-1224, 07/02/2006
Expediente05-1224
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-02-07
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara inadmisible la demanda presentada por Luis Alfonso Valero Jerez contra varios demandados, argumentando que el actor había desistido de un procedimiento previo sin esperar el lapso de 90 días requerido por el artículo 266 del Código de Procedimiento Civil. La Sala señala que la inadmisibilidad de la demanda no afecta la titularidad del derecho sustantivo reclamado, y que el proceso debe ser un instrumento para la realización de la justicia, conforme a lo establecido en la Constitución.

Extracto de la motiva

La inadmisibilidad de la demanda extingue el proceso sin influir en la titularidad del derecho sustantivo reclamado, al igual que en los casos en que sólo se extingue la instancia –perención, desistimiento del procedimiento–, y dado que el nuevo sistema impide que se desconozca la eficacia de la citación judicial para interrumpir la prescripción, en los casos en que simplemente se extingue el proceso, una interpretación extensiva del artículo 203 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, permite aplicar por analogía los efectos jurídicos que ella consagra al caso de autos, y por lo tanto, el lapso de prescripción no podría correr durante la pendencia del proceso, y habría quedado válidamente interrumpida con la citación judicial verificada en el curso del mismo, preservándose así la posibilidad de intentar nuevamente la demanda y obtener la tutela judicial efectiva -garantizada en el artículo 26 constitucional- de los derechos irrenunciables que la legislación social acuerda al trabajador.

Dispositiva

1°) CON LUGAR el recurso de casación ejercido contra la sentencia publicada el 17 de junio de 2005, por el Juzgado Primero Superior para el Nuevo Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira; 2°) INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano Luis Alfonso Valero Jerez contra los ciudadanos Augusto Ramón Fernández Armada, Ernesto Prado Domínguez, Florentina Vega de Fernández y Ana Francisca Roa de Pardo. No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.

Palabras clave

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