Sentencia N° 199 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de marzo de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 0199, Exp. 04-1110, 31/03/2005
Expediente04-1110
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-03-31
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 31 de marzo de 2005, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por Carlos Anzola Delgado contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Lara, que había confirmado la decisión de primera instancia. La Sala analizó las denuncias por defecto de forma y error de juzgamiento, concluyendo que no se había demostrado la existencia de una relación laboral entre el demandante y las empresas demandadas, desvirtuando así la presunción de laboralidad establecida en la Ley Orgánica del Trabajo.

Extracto de la motiva

Si bien es cierto que en el Nuevo Proceso Laboral Venezolano, priva la justicia sobre la formas y apariencias, no es menos cierto que el mismo requiere de formalidades mínimas esenciales para permitir la aplicación de una justicia cierta, basada en fundamentos claros y específicos. La presente delación, la cual se fundamenta en el ordinal 1° del artículo 168 como una denuncia de forma, desarrolla en apreciación de la Sala, la falta de aplicación de una norma vigente como lo es el artículo 243 ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil, lo cual generaría una sentencia incongruente al no haber decidido conforme a lo alegado y probado en autos, de conformidad con los nuevos parámetros de la Ley Adjetiva laboral, por lo tanto, en aplicación de los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, procurando no sacrificar la justicia por la omisión de formalidades no esenciales, de esa manera va a ser apreciada por la Sala la presente delación. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, el recurso de casación intentado por la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, en fecha 14 de julio de 2004, en consecuencia se CONFIRMA el fallo apelado. Se impone las costas del recurso a la parte demandada, de conformidad con los artículos 274 y 320 del Código de Procedimiento Civil.

Palabras clave

recurso de casaciónrelación laboralpresunción de laboralidadCódigo de Procedimiento CivilLey Orgánica del Trabajoincongruenciasubordinaciónerror de juzgamiento

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca