Sentencia N° 1985 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de diciembre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1985, Exp. 09-1458, 16/12/2009
Expediente09-1458
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-12-16
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Aragua. La Sala determinó que el recurso no cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no se ajustaba a las normas de orden público laboral. En consecuencia, se declaró inadmisible el recurso.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social podrá, a solicitud de parte, conocer de aquellos fallos emanados de los Tribunales Superiores del Trabajo, que aún y cuando no fueran recurribles en casación, sin embargo, violenten o amenacen con violentar las normas de orden público. En estos casos, la parte recurrente podrá, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo ante el Tribunal Superior del Trabajo correspondiente, solicitar el control de la legalidad del asunto, mediante escrito, que en ningún caso excederá de tres (3) folios útiles y sus vueltos. Verificado en el presente caso el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad antes transcritos, pasa esta Sala a conocer el escrito contentivo de este medio de impugnación excepcional en los siguientes términos: Alega la parte recurrente, que el sentenciador de alzada incurrió en el vicio de suposición falsa, al tergiversar los hechos que plantearon en su defensa para promover la prescripción de la acción y atribuirle otros que no son ciertos, puesto que a su decir, nunca sostuvo que en el mes de octubre del año 2007 no se aperturó el semestre correspondiente a esa fecha, ni tampoco mencionó que había cerrado las instalaciones, ni que se trataba de un despido de todos los trabajadores, incurriendo en consecuencia, en la falsa aplicación del artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo para no declarar la prescripción de la acción.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad propuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 16 de octubre del año 2009, emanada del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Publíquese y regístrese. Remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.

Palabras clave

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