Sentencia N° 1938 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de noviembre de 2008

TSJ/SCS, Sent. N° 1938, Exp. 08-168, 27/11/2008
Expediente08-168
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-11-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en el juicio por cobro de prestaciones sociales y de indemnizaciones por enfermedad profesional, donde se declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la demandante Ana Luisa Pascual Ibáñez. La Sala anuló el fallo recurrido y parcialmente con lugar la demanda, considerando que la enfermedad padecida por la trabajadora era de origen profesional y que el patrono incumplió con las normas de higiene y seguridad industrial. Se ordenó el pago de indemnizaciones por daño moral y otros conceptos laborales.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la enfermedad profesional 'Hidrargirismo Ocupacional' trajo como consecuencia, la incapacidad total y permanente de la odontóloga Ana Luisa Pascual Ibáñez, ocasionándole un menoscabo en su ejercicio profesional de por vida, lo que indudablemente incide en su estado físico y emocional que le imposibilita realizar una vida con normal desenvolvimiento en todos sus ámbitos, por lo que resulta procedente la condenatoria por daño moral reclamada, en consecuencia, debe el Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas (IPSFA), pagar a favor de la codemandante, la cantidad de doscientos mil bolívares (Bs. F 200.000,00), por dicho concepto. Así se decide.

Dispositiva

1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada Instituto de Previsión Social de las Fuerzas Armadas (IPSFA), contra el fallo proferido por el Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 15 de octubre de 2007; 2) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la codemandante Ana Luisa Pascual Ibáñez, contra la precitada sentencia; 3) ANULA el fallo recurrido; 4) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda.

Palabras clave

cobro de prestacionesindemnizaciónenfermedad profesionalresponsabilidad patronalhigiene y seguridaddaño moralcasación laboral

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