Sentencia N° 1915 — Sala de Casación Social del TSJ, 11 de agosto de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1915, Exp. 09-1113, 16/12/2009
Expediente09-1113
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-08-11
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de la transacción celebrada entre la ciudadana Luisa del Valle Acuña de Romero y las empresas demandadas, homologó el acuerdo alcanzado, el cual se considera un finiquito total y definitivo de las pretensiones deducidas en el juicio. La Sala verificó que la demandante actuó con la debida asistencia de abogado y que el acuerdo cumplía con los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que la demandante actuó con la asistencia debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana LUISA DEL VALLE ACUÑA DE ROMERO y la CVG ELECTRIFICACIÓN DEL CARONÍ, C.A. (EDELCA) y ORGANIZACIÓN MÉDICA ORMESA, C.A, en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.