Sentencia N° 191 — Sala de Casación Social del TSJ, 21 de enero de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0191, Exp. 10-057, 11/03/2010
Expediente10-057
PonenteJuan Rafael Perdomo
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-01-21
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó una transacción entre Norkis Coromoto González Romero y G.B.C. Ingenieros Contratistas, S.A., en la que se acordó el pago de 39.000 bolívares por concepto de prestaciones sociales. La decisión se basa en la verificación del cumplimiento de los requisitos legales para la homologación de acuerdos transaccionales, asegurando que las partes actuaron de manera voluntaria y con asistencia legal adecuada.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción y evidenciada la facultad con la que actúa la actora asistido judicialmente y la apoderada de la demandada, cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que en la manifestación escrita del acuerdo actuaron en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el documento presentado ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
HOMOLOGA la transacción suscrita entre la ciudadana NORKIS COROMOTO GONZÁLEZ ROMERO y la sociedad mercantil G.B.C. INGENIEROS CONTRATISTAS, S.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada; y ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del expediente.