Sentencia N° 190 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de marzo de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 0190, Exp. 12-052, 16/03/2012
Expediente12-052
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-03-16
DecisiónADMITE el recurso de control de la legalidad

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de marzo de 2012, admite el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. La sentencia apelada había declarado parcialmente con lugar el recurso de apelación de la parte actora y sin lugar el de la demandada, en un caso de despido y salarios caídos. La Sala establece que el recurso se admite debido a que no ha sido intentado maliciosamente y existen motivos racionales para su interposición.

Extracto de la motiva

En este orden de ideas, quien recurre en la presente causa, alega que la Alzada incurrió en error al no haber aplicado correctamente lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo, ya que al haberse pagado las indemnizaciones el mismo día en que se despidió a la actora, no había lugar al pago de los salarios caídos, y en este sentido, hubiese llegado a la conclusión de “…que no había lugar al procedimiento porque ya había perdido su objeto y no hubiese condenado al pago de los salarios caídos de ninguna manera…”. Así las cosas, por cuanto aprecia esta Sala de Casación Social que el recurso no ha sido intentado maliciosamente, a la vez que existen motivos racionales para interponerlo, en el dispositivo de este auto lo admitirá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ordenándose seguir el procedimiento previsto en los artículos 173 y 174 eiusdem, por remisión del artículo 178 antes mencionado.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, ADMITE el recurso de control de la legalidad intentado por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 29 de noviembre de 2011. En consecuencia, a partir del día siguiente de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

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