Sentencia N° 1896 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de noviembre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1896, Exp. 06-679, 13/11/2006
Expediente06-679
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2006-11-13
DecisiónCON LUGAR

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 13 de noviembre de 2006, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo, que había declarado parcialmente con lugar la demanda. La Sala anula el fallo recurrido y decide sobre el fondo, ratificando la existencia de una relación laboral y la improcedencia de ciertas indemnizaciones solicitadas por la parte actora. Se ordena el cálculo de salarios dejados de percibir y otros conceptos laborales, así como la indexación y los intereses correspondientes.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la recurrente incurre en una indebida técnica de formalización del extraordinario recurso de casación, por cuanto no plantea de forma clara y específica la delación, ni indica en qué numeral del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se encuentra enmarcada. A pesar de ello, del fundamento de la denuncia se desprende que la misma está referida a la falta de aplicación de la doctrina imperante en esta Sala de Casación Social, respecto a la condenatoria de la indexación o corrección monetaria, toda vez que el juzgador ad quem no precisó los lapsos que deben excluirse del cálculo correspondiente. Por lo tanto, esta Sala, extremando sus funciones y a fin de preservar las garantías contenidas en los artículo 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, pasa a conocer de la denuncia con fundamento en el numeral 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y el artículo 177 eiusdem.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 22 de marzo de 2006, emanada del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, 2) ANULA el fallo recurrido; y 3) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Nelson Covarrubias Sue, sucedido procesalmente por los ciudadanos María Eugenia Álvarez (viuda de Covarrubias), Nelson Covarrubias Álvarez y Daniela Covarrubias Álvarez, contra la empresa Ferro Aluminio, C.A. Por consiguiente, se condena a la empresa demandada cancelar a la parte actora las cantidades establecidas en la parte motiva de este fallo.

Palabras clave

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