Sentencia N° 1890 — Sala de Casación Social del TSJ, 25 de septiembre de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1890, Exp. 07-688, 25/09/2007
Expediente07-688
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-09-25
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en la ponencia del Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra un fallo que había declarado con lugar la demanda de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala analizó la existencia de cosa juzgada en relación a una transacción laboral homologada por el Inspector del Trabajo, concluyendo que los conceptos reclamados estaban comprendidos en dicha transacción, lo que llevó a declarar improcedente el recurso de casación. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso interpuesto por la parte demandada.
Extracto de la motiva
La Sala observa que con aplicación de los dispositivos técnicos legales denunciados como infringidos, la Alzada obediente a su observancia entró a analizar si en dicha transacción se incluyó o no lo reclamado por el actor en la demanda. En efecto, véase que previo al examen de la cosa juzgada y con ocasión de la transacción celebrada entre las partes, la Alzada puntualizó que por cuanto la demandada alegaba tal defensa, era necesario determinar si la transacción se refería a los mismos sujetos, objeto y causa contenidos en el presente juicio, a los fines de decidir la procedencia de la mencionada defensa extintiva de la acción, tomando también en cuenta que la accionada negó el monto del salario variable alegado en la demanda. Posterior al estudio probatorio, la Juez ad quem pasó a decidir el asunto objeto de reclamo en la demanda, tomando como basamento jurídico las normas denunciadas en la actual delación, situación que la llevó a concluir que el objeto de la causa se refiere a beneficios no mencionados y no cancelados en la señalada transacción, por lo que le resultaba improcedente en el presente juicio la cosa juzgada establecida en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo 10 de su Reglamento.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra el fallo emitido por el Juzgado Tercero Superior Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 5 de marzo de 2007. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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