Sentencia N° 189 — Sala de Casación Social del TSJ, 3 de marzo de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 0189, Exp. 08-1922, 03/03/2009
Expediente08-1922
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-03-03
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del TSJ decide sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, Carmen Aida Manzano, contra la decisión del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de Carabobo. La parte recurrente denuncia violaciones a la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y a la Constitución, alegando que la parte patronal obligó a la trabajadora a firmar una renuncia sin motivación adecuada y que el juez incurrió en prevaricación al no permitir la exposición de motivos de apelación debido a un retraso por condiciones climáticas.

Extracto de la motiva

El recurso de control de la legalidad es un medio de impugnación excepcional, por tanto, deben cumplirse a los fines de asegurar su admisibilidad, con las exigencias enunciadas en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a saber: 1) Que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia reiterada de esta Sala de Casación Social. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a realizar el siguiente pronunciamiento: Denuncia la parte recurrente, la violación de los artículos 1, 2, 5, 9 y 120 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, así como también los artículos 26, 49, 257, 334 y 335 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra el fallo emitido por el Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante decisión de fecha 27 de octubre de 2008. No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la presente decisión.

Palabras clave

inadmisibilidadrecursocontrol de la legalidadsentenciajusticiatrabajo

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