Sentencia N° 1870 — Sala de Casación Social del TSJ, 6 de noviembre de 2006

TSJ/SCS, Sent. N° 1870, Exp. 05-2015, 06/11/2006
Expediente05-2015
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2006-11-06
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 6 de noviembre de 2006, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo. La decisión impugnada había declarado con lugar el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, revocando un fallo anterior que había declarado sin lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala analizó los argumentos presentados por la parte recurrente, quienes alegaron violaciones a diversas disposiciones de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y a la Constitución Nacional. Sin embargo, la Sala concluyó que la decisión impugnada se encontraba ajustada a derecho y que no se evidenciaron violaciones a normas de orden público ni a la doctrina jurisprudencial establecida por la Sala. Finalmente, se resolvió que el recurso no se ajustaba a los fines del control de la legalidad, lo que llevó a la declaración de inadmisibilidad del mismo.

Extracto de la motiva

En el caso concreto, delata la impugnante que: En la decisión impugnada el Juez (…) violó los artículo (sic) 3; 72;75; el parágrafo único del artículo 6 y el artículo 177 todos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional (sic) al condenar a la demandada a pagar nuevamente la prestación social de antigüedad como si esta (sic) nunca se hubiere pagado (…) en la cual recalculó la prestación social de antigüedad calculada con el salario normal e incluyendo las alícuotas correspondientes de bonificación de fin de año y de bono vacacional, y con base al resultado obtenido, condenó a la demandada a pagar nuevamente los intereses como si nunca se hubieran pagado (…)

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 22 de noviembre de 2005, emanada del Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

cobro de prestacionescontrol de legalidadinadmisionLey Orgánica Procesal del Trabajoprestación socialantigüedadintereses moratoriosjurisprudencia

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