Sentencia N° 1861 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de agosto de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1861, Exp. 07-1244, 09/08/2007
Expediente07-1244
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-08-09
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en virtud de un avocamiento, decidió sobre un juicio laboral en el que se llegó a una transacción entre el demandante, JESÚS ALBERTO FLORES ROJAS, y la empresa demandada, COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, C.A. La transacción acordó el pago de SETENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO BOLÍVARES CON NOVENTA CÉNTIMOS, lo que se considera un finiquito total de las pretensiones del actor. La Sala homologó esta transacción, pasándola en autoridad de cosa juzgada.
Extracto de la motiva
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa la transacción celebrada entre el ciudadano JESÚS ALBERTO FLORES ROJAS y la sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA C.A. (antes PANAMCO DE VENEZUELA C.A.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa Juzgada. Así se decide. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas en razón de lo acordado en la transacción.
Dispositiva
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, homologa la transacción celebrada entre el ciudadano JESÚS ALBERTO FLORES ROJAS y la sociedad mercantil COCA-COLA FEMSA DE VENEZUELA C.A. (antes PANAMCO DE VENEZUELA C.A.), en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa Juzgada. Así se decide. De conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, no hay condenatoria en costas en razón de lo acordado en la transacción.