Sentencia N° 1844 — Sala de Casación Social del TSJ, 26 de noviembre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1844, Exp. 08-1834, 26/11/2009
Expediente08-1834
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-11-26
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara parcialmente con lugar la demanda interpuesta por José Ramón Rodríguez Yépez contra Aluminio de Venezuela, C.A. (ALVEN), por indemnización derivada de enfermedad ocupacional. Se anula la sentencia de alzada que había condenado a la empresa al pago de indemnización por daño moral sin valorar adecuadamente los elementos probatorios. La Sala establece que la incapacidad del trabajador es parcial y permanente, lo que implica una indemnización de tres años de salario, en lugar de cinco, como se había determinado anteriormente.

Extracto de la motiva

El vicio de infracción de ley por falsa aplicación de norma jurídica, consiste en la incorrecta elección que realiza el juez de la norma jurídica aplicable para resolver la controversia, o dicho de otra manera, cuando el juez establece una falsa relación entre el supuesto de hecho del caso concreto y la norma jurídica escogida. Al respecto esta Sala de Casación Social mediante sentencia Nº 1129 de fecha 29 de mayo de 2007 (caso: Antonio José Reyes, contra General Motors Venezolana C.A), estableció: ‘La falsa aplicación surge cuando el juez, ante una situación de hecho, aplica determinada norma resolviendo la controversia de forma equívoca, por cuanto ese precepto no era el adecuado para decidir la litis planteada (…)’. En el presente caso la sentencia recurrida estableció, que había quedado demostrado ‘el padecimiento orgánico del trabajador, catalogado como enfermedad ocupacional que ocasionó discapacidad parcial permanente’ y condenó a la empresa al pago de ‘1.825 días (5 años) x BF. 18,325 = BF. 33.443,125’, fundamentándose en lo establecido en el artículo 33, parágrafo segundo, numeral 1, de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, en los mismos términos solicitados por el demandante, por considerar que se había demostrado un hecho ilícito por parte del patrono, quien no cumplió con su deber de garantizar al trabajador las condiciones de seguridad necesarias.

Dispositiva

En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Aluminio de Venezuela, C.A. (ALVEN), contra la sentencia publicada el 6 de octubre de 2008 por el Juzgado Superior Primero del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua; 2) ANULA la sentencia recurrida; 3) en atención a lo dispuesto en el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, pasa a resolver el fondo de la causa y declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano José Ramón Rodríguez Yépez.

Palabras clave

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