Sentencia N° 1799 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de noviembre de 2009

TSJ/SCS, Sent. N° 1799, Exp. 09-611, 19/11/2009
Expediente09-611
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-11-19
DecisiónPERECIDO

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de noviembre de 2009, declaró perecido el recurso de casación interpuesto por el ciudadano Julio César Bracho Pérez contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia. La decisión se fundamentó en la falta de claridad y precisión en los argumentos presentados por el recurrente, lo que resultó en la imposibilidad de la Sala para resolver el recurso. Se destacó que el recurrente no cumplió con la técnica requerida para la formalización del recurso de casación, lo que llevó a la conclusión de que la denuncia carecía de fundamentación adecuada.

Extracto de la motiva

La presente denuncia carece absolutamente de la técnica requerida para su formulación en casación, puesto que, nuevamente no se indica el supuesto de procedencia del recurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 168 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; además de ello, se delata, de manera aislada, la infracción del artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, norma ésta de aplicación supletoria en el proceso laboral, cuya violación debe acusarse de manera complementaria en los casos que se acusa infracción de una máxima de experiencia, que no es el caso. Por último, se observa que el formalizante confunde en su fundamentación vicios distintos, sin deslindarlos, atacando la valoración probatoria efectuada por le sentenciador superior, pero sin señalar artículo alguno como violado, ni indicar la importancia del supuesto error de juzgamiento en el dispositivo del fallo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PERECIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 13 de abril del año 2009, dictada por el Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

recurso de casaciónenfermedad profesionalresponsabilidad patronalcarga de la pruebavalor probatorioLey Orgánica del Trabajosentencia contradictoria

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