Sentencia N° 1795 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2005

TSJ/SCS, Sent. N° 1795, Exp. 05-1039, 13/12/2005
Expediente05-1039
PonenteALFONSO VALBUENA CORDERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2005-12-13
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, bajo la ponencia del Magistrado Alfonso Valbuena Cordero, dictó sentencia en un caso de cobro de diferencias de prestaciones sociales. La parte actora, representada por Elizabeth Sucre Figueroa, había interpuesto un recurso de casación tras la decisión del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo que había declarado parcialmente con lugar los recursos de apelación. La Sala declaró desistido el recurso de la parte actora y con lugar el de la parte demandada, anulando la sentencia recurrida y resolviendo el fondo de la controversia. Se concluyó que la demandante no tenía derecho a las diferencias reclamadas en virtud de su exclusión de la convención colectiva aplicable.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social, al analizar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada, se centró en la inmotivación de la sentencia recurrida. Se argumentó que la decisión del juzgador no guardaba relación con la pretensión deducida, ya que se condenó a la demandada al pago de una remuneración que no fue demandada. La Sala destacó que la actora había recibido oportunamente su remuneración y que la fórmula de cálculo utilizada por la demandada era conforme a derecho. Se concluyó que la recurrida incurrió en el vicio de inmotivación, lo que llevó a la anulación de la sentencia y a la declaración de improcedencia de la demanda incoada por la actora.

Dispositiva

1°) DESISTIDO el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandante. Se condena en costas a la parte actora de conformidad con lo establecido con la última parte del artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; 2°) CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte demandada contra la sentencia de fecha 18 de mayo del año 2005, dictada por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, se anula el referido fallo; 3°) SIN LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ELIZABETH SUCRE FIGUEROA contra INVERSIONES INMOBILIARIAS IAR 1997, C.A. (HOTEL GRAN MELIÁ CARACAS). Se condena en costas del proceso a la parte demandante, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en virtud de que hubo vencimiento total.

Palabras clave

cobro de diferenciasprestaciones socialesrecurso de casacióninmotivaciónremuneraciónconvención colectivatrabajoderechos laborales

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