Sentencia N° 1779 — Sala de Casación Social del TSJ, 28 de noviembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1779, Exp. 13-524, 28/11/2014
Expediente13-524
PonenteCARMEN ESTHER GÓMEZ CABRERA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2014-11-28
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 28 de noviembre de 2014, declaró con lugar el recurso de casación interpuesto por Amílcar Ramón Castejón Rosendo contra el fallo del Juzgado Superior Primero del Trabajo de Falcón. La sentencia de alzada había modificado parcialmente la decisión de primera instancia, en relación con el pago de prestaciones laborales y el Seguro Colectivo de Vida. La Sala encontró vicios de inmotivación en el fallo recurrido, lo que llevó a anularlo y a decidir sobre el fondo de la controversia, ordenando el pago de la indemnización correspondiente por el Seguro Colectivo de Vida y estableciendo criterios para la corrección monetaria y los intereses moratorios.

Extracto de la motiva

La Sala de Casación Social, al analizar el recurso de casación, determinó que el fallo recurrido presentaba contradicciones en su parte motiva y dispositiva, lo que generaba un vicio de inmotivación. En este sentido, se destacó que el sentenciador había establecido parámetros contradictorios para el cálculo de la indexación o corrección monetaria, lo que hacía inejecutable la sentencia. La Sala, al aplicar su criterio jurisprudencial, concluyó que la indexación debía calcularse desde la fecha de notificación de la demanda, excluyendo los lapsos de paralización del proceso. En consecuencia, se declaró con lugar la denuncia de inmotivación y se ordenó el pago de la indemnización por el Seguro Colectivo de Vida, así como la corrección monetaria y los intereses moratorios correspondientes.

Dispositiva

PRIMERO: CON LUGAR el recurso de casación formalizado por la parte actora, contra el fallo emanado del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, en fecha 17 de septiembre del año 2012. En consecuencia, ANULA el fallo recurrido y, SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano Amílcar Ramón Castejón Rosendo contra la Compañía Anónima de Administración y Fomento Eléctrico (CADAFE). No hay condenatoria en costas del proceso, conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por cuanto no hubo vencimiento total.

Palabras clave

casaciónlaboralindemnizaciónSeguro Colectivo de Vidaindexación

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