Sentencia N° 1759 — Sala de Casación Social del TSJ, 12 de noviembre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1759, Exp. 09-1249, 12/11/2009
Expediente09-1249
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-11-12
DecisiónADMISIBLE
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 12 de noviembre de 2009, admitió el recurso de control de la legalidad interpuesto por la codemandada Salón de Belleza Caritas, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo de Nueva Esparta, que había declarado sin lugar el recurso de apelación de la parte demandada. La Sala verificó que la sentencia recurrida cumplía con los requisitos de admisibilidad establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y consideró que existían motivos racionales para la interposición del recurso.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, de manera taxativa, consagra los requisitos de admisibilidad del recurso extraordinario de control de la legalidad, los cuales deben ser constatados para la procedencia del mismo. En tal sentido, la Sala verificará que la sentencia contra la cual se recurre: 1) provenga de un Tribunal Superior; 2) que no sea recurrible en casación; 3) que el escrito de solicitud se haga ante el Tribunal Superior correspondiente, en un escrito que no deberá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos; 4) que dicha sentencia violente o amenace violentar las normas de orden público, y 5) que el recurso sea solicitado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del fallo en cuestión. Ahora bien, tratándose el recurso de control de la legalidad un medio de impugnación de naturaleza extraordinaria, esta Sala de Casación Social debe restringir, de conformidad con la potestad discrecional que le otorga el artículo 178 de la Ley Adjetiva del Trabajo, la admisibilidad del mismo, especialmente en aquellas circunstancias donde se pretendan violaciones o amenazas al derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o normas adjetivas que menoscaben el derecho a la defensa y al debido proceso.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la codemandada Salón de Belleza Caritas, C.A., contra la sentencia dictada por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, con sede en la Asunción, en fecha 17 de septiembre de 2009. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte pueda consignar su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará día y hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.
Palabras clave
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