Sentencia N° 173 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de marzo de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 0173, Exp. 11-1513, 14/03/2012
Expediente11-1513
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-03-14
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La Sala argumentó que el recurso no contribuye a la preservación del orden público laboral y la uniformidad de la jurisprudencia, dado que no se presentaron graves indicios de violación de preceptos de orden público. La decisión se basa en la potestad discrecional conferida por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Extracto de la motiva
En el caso concreto, señala la recurrente que la recurrida infringió el artículo 22 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo; que el único patrono del demandante fue V.P.S. Seguridad Integral C.A.; que no existe ningún elemento que demuestre que las codemandadas conforman un grupo de empresas. Señala que, aunque no hubo contestación de la demanda y operó la confesión ficta, la Alzada estaba obligada a verificar si los hechos y conceptos demandados no son contrarios a derecho; que correspondía a la parte actora probar la existencia del grupo de empresas, lo cual no hizo. Aduce que no es suficiente que la Sentenciadora haya establecido que el demandante fue despedido injustificadamente, sino que debió precisar cuál de las empresas codemandadas lo despidió, qué persona lo hizo y bajo qué condición, cómo y dónde ocurrieron los hechos. Señala que la Alzada no valoró las pruebas que cursan en los folios 197 y 198, las cuales demuestran el pago de las vacaciones correspondientes a los períodos 2005 a 2008 y del beneficio de alimentación correspondiente a los meses de noviembre de 2007 y enero a noviembre de 2008. Señala que la recurrida infringió los artículos 72 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 12 del Código de Procedimiento Civil al atribuir a la demandada la carga de probar la justificación del despido, y al ordenar el pago de conceptos que ya fueron pagados. Por último, señala que la Sentenciadora incurrió en falso supuesto de hecho al establecer como ciertos los hechos expresados por la parte actora en la demanda, sin que exista en autos prueba que fundamente su convicción.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia de fecha 31 de octubre de 2011, dictada por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.