Sentencia N° 1682 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de noviembre de 2014

TSJ/SCS, Sent. N° 1682, Exp. 13-797, 19/11/2014
Expediente13-797
PonenteLuis Eduardo Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2014-11-19
DecisiónConsumado el desistimiento

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil INDUSTRIAS NOPAL, S.A. contra un acto administrativo que declaró improcedente su petición de cálculo de indemnización. La Sala observó que el caso llegó en virtud de una incidencia en etapa probatoria y que no se había iniciado con una demanda laboral. Posteriormente, se presentó una transacción laboral para homologación, pero el apelante desistió del recurso de apelación.

Extracto de la motiva

Ahora bien, antes de proveer sobre lo solicitado, debe advertir la Sala que el caso de autos no se inició con una demanda laboral para reclamar pago de conceptos laborales e indemnización por supuesta enfermedad profesional. Cabe destacar que la presente causa llegó a este alto Tribunal en virtud de una incidencia en etapa probatoria, que se abrió por el recurso de apelación ejercido contra el auto de inadmisión de pruebas, el cual fue oído en un solo efecto; por lo tanto, el juez a quo únicamente remitió a esta Sala un cuaderno separado, contentivo de copias certificadas de algunas de las actuaciones procesales del juicio principal. Como consecuencia de ello, esta Sala no tiene a la vista el resto de las actuaciones realizadas en la causa relativa al recurso de nulidad interpuesto por la empresa hoy apelante. Es por lo que no se imparte la homologación al referido acuerdo transaccional. Así se decide.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra el auto dictado en fecha 2 de mayo de 2013, por el Juzgado Superior Séptimo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; y SEGUNDO: ORDENA la remisión del expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y se continúe con los trámites procesales correspondientes.

Palabras clave

competenciatransacciónderechos laboralesdesistimientojusticia socialresolución de conflictos

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca