Sentencia N° 1674 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2012
TSJ/SCS, Sent. N° 1674, Exp. 12-1604, 19/12/2012
Expediente12-1604
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de diciembre de 2012, declaró inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el ciudadano Rafael Eduardo Villegas contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de Aragua. La decisión de la Alzada había confirmado la sentencia de primera instancia que declaró sin lugar la demanda por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala argumentó que la sentencia recurrida se ajustaba a derecho y no violaba normas de orden público laboral.
Extracto de la motiva
De conformidad, con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social, revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo, que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa. Ahora bien, por razón de que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional, se deben cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral, reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y/o 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República, y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte actora, contra la sentencia de fecha 19 de octubre de 2012, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en Maracay. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
control de legalidadprestaciones socialesrecurso de apelaciónprincipio de reformatio in pejusorden público laboral