Sentencia N° 1668 — Sala de Casación Social del TSJ, 31 de julio de 2007
TSJ/SCS, Sent. N° 1668, Exp. 07-283, 31/07/2007
Expediente07-283
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2007-07-31
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de casación interpuesto por Ángel Enrique Quintero Gómez contra la sentencia del Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Estado Bolívar, que había declarado sin lugar la apelación. La Sala considera que el juzgador de la instancia inferior incurrió en inmotivación al no valorar adecuadamente las pruebas presentadas, lo que llevó a una decisión errónea sobre la indemnización por daño moral. Finalmente, se condena a las demandadas a pagar la cantidad de diez millones de bolívares por concepto de daño moral.
Extracto de la motiva
La Sala para decidir observa, del acervo probatorio, que el trabajador fue instruido sobre la manera de prevenir accidentes y enfermedades profesionales; también se evidencia que fue dotado de implementos esenciales para la prevención de accidentes, pues como es sabido para trabajar en este tipo de empresas es necesario que la misma cumpla con una serie de requisitos; por consiguiente, el actor no probó el hecho ilícito en que incurrió la demandada, y ésta desvirtuó lo invocado por el actor respecto a la negligencia en la falta de dotación de los equipos e implementos en materia de higiene y seguridad industrial. Así las cosas, al no haberse comprobado el incumplimiento de las normas de higiene y seguridad industrial, requisito indispensable para la procedencia de las indemnizaciones establecidas en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, resulta forzoso para la Sala declarar la improcedencia de las indemnizaciones reclamadas con fundamento en dicha Ley especial. En virtud de la anterior consideración, la Sala debe declarar improcedente la pretensión esgrimida por el actor, dirigida a obtener el pago de la indemnización fundamentada en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1). CON LUGAR el recurso de casación anunciado y formalizado por la parte actora contra la sentencia publicada el 23 de octubre 2006, dictada por el Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar; y, 2). PARCIAMENTE CON LUGAR la demanda. En consecuencia, se condena a la parte demandada a cancelar a la parte accionante por concepto de daño moral la cantidad de diez millones de bolívares (Bs. 10.000.000,00).