Sentencia N° 1661 — Sala de Casación Social del TSJ, 14 de diciembre de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 1661, Exp. 08-1646, 14/12/2010
Expediente08-1646
PonenteJUAN RAFAEL PERDOMO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-12-14
DecisiónHOMOLOGA
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia homologó una transacción entre la demandante MILDRED ADELAIDA GUTIÉRREZ LÓPEZ y la empresa demandada CONSULTORÍA GERENCIAL Y SISTEMAS CONSIS INTERNACIONAL, C.A., en el marco de un juicio por cobro de prestaciones sociales. La transacción fue presentada ante la Sala y consistió en el pago de Bs.F 200.000,00 a la demandante, lo que fue considerado un finiquito total y definitivo de las pretensiones del juicio.
La Sala verificó que la transacción cumplía con los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica del Trabajo y que la demandante actuó con la debida asistencia de abogado, manifestando su voluntad de manera voluntaria. Se concluyó que el acuerdo transaccional debía ser homologado y se otorgaron los efectos de cosa juzgada, finalizando así el litigio judicial de manera definitiva.
La decisión enfatiza la importancia de la participación y responsabilidad social de las partes involucradas, destacando que deben cumplir con las obligaciones contraídas en el acuerdo, en cumplimiento de los fines del bienestar social general.
Extracto de la motiva
Examinados los términos de la transacción, se evidencia que el demandante actuó con la asistencia debida de abogado, cumpliéndose con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso, como en la manifestación escrita del acuerdo, actuó en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el escrito presentado por ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a la motivación de la transacción y derechos comprendidos, por lo que se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso y el pase en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social (Especial) del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1º) HOMOLOGA la transacción celebrada entre la ciudadana MILDRED ADELAIDA GUTIÉRREZ LÓPEZ y la empresa CONSULTORÍA GERENCIAL Y SISTEMAS CONSIS INTERNACIONAL, C.A., en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, pasándola en autoridad de cosa juzgada 2º) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del presente expediente.