Sentencia N° 1636 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de diciembre de 2012

TSJ/SCS, Sent. N° 1636, Exp. 12-1600, 19/12/2012
Expediente12-1600
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÈRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2012-12-19
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada en un juicio de cobro de prestaciones sociales. La decisión se basa en la revisión de los alegatos y la sentencia recurrida, concluyendo que no se incurrió en violación de las normas denunciadas que transgredirían el Estado de Derecho. Se declara inadmisible el recurso, sin condenatoria en costas.

Extracto de la motiva

Denuncia el recurrente que la Alzada infringió el artículo 54 de la Ley Orgánica del Trabajo al no admitir el llamado en tercería del cónyuge de la demandante sin considerar, en su decir, que el tercero tiene relación con la demandada no solamente por ser el cónyuge de la accionante sino porque ambos incurrieron en hecho ilícito en contra de la demandada con ocasión al trabajo. Asimismo, delata la violación del Parágrafo Único del artículo 165 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con el artículo 77 de su Reglamento porque, estima que, para oponer la compensación en la totalidad del crédito, conforme a la redacción del Reglamentista, lo importante es determinar mediante una sentencia definitivamente firme que el hecho ilícito se deriva del trabajador, en el marco de una relación de trabajo cuyo ilícito, alega, puede ser calificado inclusive por el Juez de la jurisdicción laboral y no necesariamente por una sentencia dictada por un Juez de la jurisdicción penal. Al respecto, de una revisión de los alegatos planteados en el recurso, de la sentencia recurrida y del resto de las actas procesales, observa la Sala que la Alzada no incurrió en violación de las normas denunciadas, que en definitiva transgredirían el Estado de Derecho.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto contra la sentencia publicada el 23 de octubre de 2012, dictada por el Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa. No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.

Palabras clave

cobroprestacionesrecursostrabajolegalidadjurisdicción

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