Sentencia N° 1630 — Sala de Casación Social del TSJ, 13 de diciembre de 2004
TSJ/SCS, Sent. N° 1630, Exp. 04-1253, 14/12/2004
Expediente04-1253
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2004-12-13
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, presidida por el Magistrado Omar Alfredo Mora Díaz, se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra una decisión del Juzgado Quinto Superior del Trabajo. La controversia giraba en torno a la negación de ciertos anticipos por intereses sobre prestaciones sociales, los cuales la Sala consideró que estaban debidamente probados en el expediente. La Sala, tras analizar las actas procesales, determinó que la Alzada había incurrido en un error al no considerar las pruebas presentadas por la parte demandante.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la demandada recurrente delata el vicio de falsa suposición en la sentencia, porque a su entender la recurrida le negó unos anticipos que por intereses sobre prestaciones sociales realizó, toda vez que el Juez de la Alzada señaló que no constaba en autos el pago de dicho adelanto, cuando en realidad si había prueba de ello. Ahora bien, conforme a lo delatado, debe la Sala indicar al formalizante, que por vía jurisprudencial se ha venido señalando que la falsa suposición 'consiste en dar por demostrado un hecho positivo, particular y concreto sin el apropiado respaldo probatorio'. Lo antes indicado ha sido expuesto, por cuanto si el caso es que el Juez negó la procedencia de unos pagos realizados, aunque constaban las pruebas en el expediente, ya no podría hablarse de un hecho positivo, sino negativo, lo cual es denunciable por inmotivación.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la decisión de fecha 17 de agosto de 2004, proferida por el Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; en consecuencia, se ANULA el fallo recurrido; se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda, y se condena a la empresa demandada a cancelar al actor los conceptos antes señalados, conforme los lineamientos que han sido expuestos en párrafos anteriores.
Palabras clave
cobro de diferenciasprestaciones socialesrecurso de casaciónfalsa suposicióncontrato laboralindemnizacióninteresessalario