Sentencia N° 1622 — Sala de Casación Social del TSJ, 27 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1622, Exp. 09-1179, 27/10/2009
Expediente09-1179
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-10-27
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, decidió declarar inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo. La decisión se fundamenta en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la ley, ya que no se cumplen los requisitos necesarios para su admisibilidad. La Sala argumentó que la sentencia recurrida se encuentra ajustada a derecho y no incurre en las violaciones que se le imputan.
Extracto de la motiva
En el caso bajo estudio, primeramente, denuncia la parte demandante que el Juzgador no se pronunció en cuanto a los vicios de incongruencia y exhaustividad que adolecía la sentencia de primera instancia, al dictaminar que no había condenatoria en costas por el juicio, lo cual, luego fue reformado por dicho Sentenciador, producto de una solicitud de aclaratoria de la parte demandada, aduciendo que la misma fue producto de un error material, facultad ésta que, a decir del recurrente, no le estaba dado de conformidad con lo establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 23 eiusdem. En segundo lugar, delata quien recurre que la Alzada incurre en un abierto y craso desacato del artículo 95 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en el sentido que, el constituyente incorporó como requisito sobrevenido a las normas legales, correspondientes a las obligaciones de la Junta Directiva, la presentación de una declaración jurada de patrimonio, de modo pues, que al momento de gestionarse la inscripción de una organización sindical, ante el ente administrativo del trabajo, además de los requisitos contemplados en el artículo 421 de la Ley Orgánica del Trabajo, resulta también de obligatorio cumplimiento, la presentación de tal declaración.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad intentado por la parte demandante contra la sentencia de fecha 11 de agosto de 2009, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión.
Palabras clave
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