Sentencia N° 1610 — Sala de Casación Social del TSJ, 10 de diciembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1610, Exp. 10-1398, 10/12/2010
Expediente10-1398
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-12-10
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior del Trabajo. La decisión se basa en que el recurso no se ajusta a los fines establecidos por la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que no se evidenció violación de normas de orden público en la sentencia impugnada. Se destaca que la carga de la prueba recae sobre el trabajador en casos de despido injustificado.

Extracto de la motiva

El Artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, la oportunidad para interponer el referido recurso se encuentra limitada a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, una vez vencido el lapso que otorga la ley para la publicación de la sentencia in extenso, conteste con el Artículo 165 eiusdem y el criterio establecido en sentencia N° 569 del 29 de abril de 2008 (caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Milenium, C.A.); y deberá hacerse a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos señalados supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, y al respecto observa: Presenta la recurrente escrito donde acusa la flagrante violación, directa e inmediata del Artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, incurriendo con ello en un vicio de inmotivación por realizarse una “disparatada e ilógica” valoración de la providencia administrativa y demás actas del procedimiento administrativo de reenganche y pago de salarios caídos, cuando se afirma en la sentencia en el folio 18 de la Pieza III: (...) y al no evidenciarse probanza alguna que la relación de trabajo del accionante haya culminado por otro motivo, sino por el contrario el trabajador logró demostrar que con la providencia administrativa (...), que la terminación de la relación laboral fue por despido injustificado, (...) en consecuencia ordena el pago de las indemnizaciones previstas en el articulo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 19 de octubre de 2010, emanada del Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada.

Palabras clave

despidoinjustificadocarga de la pruebarecursosentenciatrabajo

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