Sentencia N° 16 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de febrero de 2010
TSJ/SCS, Sent. N° 0016, Exp. 09-1528, 09/02/2010
Expediente09-1528
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2010-02-09
DecisiónHOMOLOGA la transacción presentada, pasándola en autoridad de cosa juzgada
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se homologó un acuerdo transaccional entre el demandante, Francisco Ramón Gutiérrez Conde, y la demandada, Textiles No Tejidos Peltex, S.A., en un caso de indemnización por accidente de trabajo. El acuerdo incluyó el pago de una suma total de 191.255,77 bolívares fuertes, distribuidos en varios pagos, y se estableció que el incumplimiento de las condiciones acordadas permitiría al trabajador solicitar la ejecución forzosa de la sentencia anterior.
La Sala verificó que el acuerdo cumplía con los requisitos legales y que las partes actuaron de manera voluntaria y sin coacción. Se destacó la importancia de la transacción como un medio alternativo de resolución de conflictos, en concordancia con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y la Constitución Nacional.
Finalmente, se declaró desistido el recurso de casación interpuesto por la parte demandada y se ordenó al juzgado de origen realizar los trámites necesarios para el archivo del expediente, enfatizando que no hay lugar a costas en este caso.
Extracto de la motiva
Examinada la transacción, se evidencia que las partes actuaron a través de sus representantes judiciales debidamente constituidos, según poder que corre inserto a los autos, donde se evidencia la facultad con la que actuaron cumpliéndose así con la garantía constitucional de asistencia debida en el proceso; que en la manifestación escrita del acuerdo actuaron en forma voluntaria y sin constreñimiento alguno y, que el documento presentado ante esta Sala en la fecha mencionada, se encuentra debidamente circunstanciado en cuanto a su motivación y derechos comprendidos, se acuerda concederle la homologación a la manifestación de voluntad presentada por las partes en este caso. Así se declara.
Dispositiva
En virtud de lo precedentemente expuesto, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) DESISTIDO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 16 de noviembre de 2009, dictada por el Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. 2) HOMOLOGA la transacción presentada, pasándola en autoridad de cosa juzgada conforme lo establece el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en los términos y condiciones establecidas por las partes y 3°) ORDENA al Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente, realice los trámites procesales correspondientes para el archivo del expediente.
Palabras clave
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