Sentencia N° 1599 — Sala de Casación Social del TSJ, 15 de diciembre de 2011
TSJ/SCS, Sent. N° 1599, Exp. 11-1468, 15/12/2011
Expediente11-1468
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de Legalidad
Fecha de la decisión2011-12-15
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de legalidad interpuesto por el ciudadano Andrés Antonio Vega Rosales contra la decisión del Juzgado Superior Segundo del Trabajo. La Sala argumenta que la decisión recurrida se encuentra ajustada a derecho y no se evidencia violación de normas de orden público. Se destaca que la parte demandada no negó la existencia de la relación laboral, lo que alteró la legalidad del fallo anterior.
Extracto de la motiva
El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales Superiores del Trabajo que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles, los cuales de conformidad con el artículo 165 eiusdem y según criterio plasmado en sentencia N° 569, emanada de esta Sala en fecha 29 de abril de 2008, caso: Maritza Margarita Antequera Nelo contra Promotora Millenium, C.A., comenzarán a transcurrir una vez vencido el lapso que la ley otorga para publicar la sentencia, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En este orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos ut supra, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad del recurso presentado por la parte actora, observando: En el caso bajo estudio, denuncia la parte actora recurrente en su escrito, lo que a continuación se transcribe: (Omissis) Antes de fundamentar el CONTROL DE LEGALIDAD (sic), aquí ejercido, queremos resaltar la conducta del Juez, en su decisión, aquí recurrida. En efecto, de acuerdo al artículo 05 (sic) de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Juez, en el desempeño de sus funciones, tendrá por norte de sus actos la verdad. En el presente caso, el Juez Superior, en su fallo, se aparta de la verdad, por cuanto, señala que la parte demandada negó, totalmente, la existencia de la relación de trabajo, por lo que, al haber negado, categóricamente, la existencia de la relación laboral, no opera, para este caso, la presunción de laboralidad del artículo 65 de la Ley Orgánica del Trabajo, a favor del actor.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte actora, contra la sentencia proferida por el Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 21 de octubre de 2011. No hay expresa condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
control de la legalidadrelación de trabajocarga probatoriapresunción de laboralidaddecisión judicial