Sentencia N° 1596 — Sala de Casación Social del TSJ, 22 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1596, Exp. 09-1091, 22/10/2009
Expediente09-1091
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-10-22
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre un recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte actora, Ana Mary Guedez Palma, en un juicio por cobro de prestaciones sociales. La parte recurrente denuncia la errónea interpretación de normas relacionadas con el fuero maternal y el cálculo de prestaciones sociales. Sin embargo, la Sala concluye que la sentencia recurrida no incurre en las violaciones alegadas, declarando inadmisible el recurso.
Extracto de la motiva
Como se aprecia, para que proceda la admisibilidad de dicho medio excepcional de impugnación, se debe cumplir con los requerimientos formulados en el dispositivo legal reproducido en el párrafo precedente, a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales; 2) que éstas no sean impugnables en casación; 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal y/o 4) que resulten contrarias a la jurisprudencia de esta Sala de Casación Social. Expuesto lo anterior, esta Sala de Casación Social pasa a estudiar el asunto: Denuncia la parte recurrente, que el sentenciador incurrió en el vicio de errónea interpretación de una norma, al no considerar el tiempo de protección especial inherente al fuero maternal, para el cálculo de las prestaciones sociales, en contravención a lo dispuesto en los artículos 384, 385 y 389 de Ley Orgánica del Trabajo, entendiendo, el fuero maternal, sólo como un lapso de protección del puesto de trabajo y obviando que el mismo también persigue la protección del salario durante el tiempo de inamovilidad, como contraprestación a la mujer írritamente despedida.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandante, contra la decisión emitida por el Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, de fecha 9 de julio de 2009. No hay expresa condenatoria en costas del proceso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial arriba identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, en conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
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