Sentencia N° 159 — Sala de Casación Social del TSJ, 19 de febrero de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 0159, Exp. 07-1220, 19/02/2008
Expediente07-1220
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2008-02-19
DecisiónSin Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 19 de febrero de 2008, declaró sin lugar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Estado Bolívar. La apelación original había sido favorable a la parte demandante, quien reclamaba indemnización por enfermedad profesional y daño moral. La Sala analizó las denuncias de errónea interpretación y negativa de aplicación de normas laborales, concluyendo que no se cumplían los requisitos necesarios para la admisión del recurso.
Extracto de la motiva
La falsedad en la motivación o manifiesta ilogicidad de la motivación, se presenta cuando los motivos son tan vagos, generales, inocuos o absurdos que se desconoce el criterio jurídico que siguió el Juez para dictar su decisión, situación que esta Sala no constató en el fallo recurrido. De otra parte, pretende el recurrente delatar la infracción de los artículos 68 de la Ley Orgánica de Tribunales y de Procedimiento del Trabajo y 1.354 del Código Civil, el primero por falsa aplicación y el segundo por falta de aplicación, sin enmarcarlos bajo los presupuestos del recurso de casación por infracción de ley, es decir, en sujeción al artículo 168, ordinal 2º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Por tales motivos se desecha la actual denuncia. Así se establece.
Dispositiva
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el recurso de casación anunciado por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 10 de abril de 2007, emanada del Juzgado Superior Primero (Accidental) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Se condena en costas a la parte recurrente en casación, de conformidad con el artículo 175 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Palabras clave
indemnizaciónenfermedad profesionaldaño moralprescripcióncontrato colectivocarga de la pruebacasación laboral