Sentencia N° 1581 — Sala de Casación Social del TSJ, 9 de diciembre de 2010

TSJ/SCS, Sent. N° 1581, Exp. 09-1380, 09/12/2010
Expediente09-1380
PonenteLUIS E. FRANCESCHI GUTIÉRREZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2010-12-09
DecisiónInadmisible

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, se pronunció sobre la inadmisibilidad del recurso de control de la legalidad interpuesto por la empresa BETACON, C.A. contra la sentencia del Juzgado Superior Tercero del Trabajo que había declarado con lugar la demanda de despido presentada por ÁLVARO ZAPATA. La Sala analizó los argumentos de la parte demandada y concluyó que no se evidenció violación de normas de orden público en la decisión impugnada.

Extracto de la motiva

En el caso bajo estudio, la parte demandada recurrente afirma que según el criterio del sentenciador de alzada, la empresa accionada no logró desvirtuar la presunción de laboralidad de la relación que existió entre las partes, y en la prestación del servicio concurrieron los elementos de subordinación, ajenidad y salario; no obstante, destaca la impugnante que el hecho de que un contratista sea supervisado eventualmente por su contratante no quiere decir que hayan visos de laboralidad, por cuanto en toda relación –sea laboral o no– siempre existe la subordinación, ya que el contratante puede revisar el resultado del trabajo contratado. Agrega que el juez tampoco consideró que un contratista puede ser una persona natural y que por su especialidad en la materia, sea quien ejecute con sus propios elementos la obra encomendada, especialidad que fue confesada por el actor en la declaración de parte. Tampoco analizó el juzgador que el quantum recibido a lo largo de la ejecución de la obra supera con creces lo devengado por un maestro plomero, según el tabulador de salarios de la industria de la construcción; al respecto, alega que la regularidad de la entrega de cantidades de dinero al demandante se explica porque él debía pagarle a los trabajadores que había contratado y adquirir el material necesario para la ejecución de la obra, de acuerdo con lo pactado verbalmente por las partes. En cuanto a la exclusividad, sostiene la recurrente que al tratarse de una persona natural, es lógico que el actor se encontrara constantemente presente en la obra, durante el tiempo en que ésta se ejecutó. Además, señala que el juez no tomó en cuenta que en el debate quedó establecido que ya culminó la obra “The Lofts” –objeto del contrato, según se evidencia, en su criterio, del presupuesto presentado por el actor a la empresa–, razón por la cual se pregunta cuál reenganche y cuáles salarios caídos proceden.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada, contra la sentencia de fecha 14 de octubre de 2009, emanada del Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. No hay condenatoria en costas del recurso, dada la naturaleza de la presente decisión. Publíquese, regístrese y remítase el expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de la Circunscripción Judicial supra identificada. Particípese de esta remisión al Juzgado Superior de origen antes mencionado, de conformidad con lo establecido en el artículo 176 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Palabras clave

despidocontrol de legalidadrelación laboralprueba documentalinadmision

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca