Sentencia N° 1568 — Sala de Casación Social del TSJ, 17 de julio de 2007

TSJ/SCS, Sent. N° 1568, Exp. 06-2256, 17/07/2007
Expediente06-2256
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2007-07-17
DecisiónAdmisible

Resumen

La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 17 de julio de 2007, admitió el recurso de control de la legalidad interpuesto por las demandadas contra la sentencia del Juzgado Tercero Superior del Trabajo. La controversia se centró en la condena a las demandadas por diferencias salariales, donde se alegó la vulneración del orden público laboral y la violación de principios como el de igualdad y el de favor, así como la teoría del conglobamiento. La Sala consideró que el recurso no había sido interpuesto maliciosamente y ordenó su tramitación conforme a la ley.

Extracto de la motiva

El artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece el control de la legalidad, como la vía recursiva para impugnar ante la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, aquellas decisiones emanadas de los Tribunales del Trabajo, que no sean recurribles en casación y que violenten o amenacen con violentar normas de orden público y/o la reiterada doctrina de esta Sala, ello, a fin de restablecer el orden jurídico infringido. Asimismo, se encuentra limitada la oportunidad para interponer el referido recurso, a un lapso preclusivo de cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la sentencia sujeta a revisión, y a través de escrito, el cual no podrá exceder de tres (3) folios útiles y sus vueltos, pues tal inobservancia acarrearía la inadmisibilidad de éste. En ese orden, verificado el cumplimiento de los requisitos técnicos-formales exigidos sub iudice, pasa esta Sala de Casación Social a analizar los elementos sustanciales de admisibilidad, observando: Aducen las impugnantes que la sentencia recurrida vulnera el orden público laboral al condenar a las codemandadas “a pagar (…) diferencias salariales por no haberle aplicado el régimen de aumento general de salario previsto en las convenciones colectivas de trabajo (…), a pesar que durante su vínculo laboral con MOVILNET percibió los muy (sic) períodos incrementos salariales concedidos por dicha empresa”. Por lo que a su entender, la recurrida viola el principio de igualdad, el principio de favor y la teoría del conglobamiento, así como los artículos 135 de la Ley Orgánica del Trabajo y 89 numeral 3) de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social (Accidental), administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de las demandadas, contra la sentencia emanada del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 2 de noviembre de 2006. En consecuencia, a partir de la publicación del presente auto comenzará a correr un lapso de veinte (20) días calendarios consecutivos, para que la otra parte consigne su contestación al recurso. Una vez concluida la sustanciación, la Sala fijará el día y la hora para que tenga lugar la audiencia oral, pública y contradictoria.

Palabras clave

control de la legalidaddiferencias salarialesconvenciones colectivasprincipio de igualdadprincipio de favorteoría del conglobamientoorden público laboraladmisibilidad

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