Sentencia N° 1563 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de octubre de 2008
TSJ/SCS, Sent. N° 1563, Exp. 07-1543, 16/10/2008
Expediente07-1543
PonenteLuis E. Franceschi Gutiérrez
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2008-10-16
DecisiónDesistido
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión del 16 de octubre de 2008, aborda el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo. La Sala admite el recurso y fija audiencia pública para el 2 de octubre de 2008, en la cual la parte demandada no comparece. En consecuencia, se declara desistido el recurso de control de la legalidad interpuesto, remitiendo el expediente al tribunal correspondiente para continuar con los trámites pertinentes.
Extracto de la motiva
El prenombrado artículo 178 eiusdem, en su segundo aparte dispone: '…En el supuesto que el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Social decida conocer del asunto, fijará la audiencia, siguiendo el procedimiento establecido en el Capítulo anterior…'. Y en lo atinente, el artículo 173 de la misma Ley, en su último aparte establece: 'Si el recurrente no compareciere a la audiencia, se declarará desistido el Recurso de Casación y el expediente será remitido al Tribunal correspondiente'. Aplicada la sanción a que se contrae la norma antes transcrita, al recurso de control de la legalidad, visto que en el caso de autos, la parte demandada recurrente, no compareció a la audiencia fijada, esta Sala de Casación Social, declarará desistido el recurso de control de la legalidad interpuesto y el expediente se remitirá al Tribunal correspondiente. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley: 1º) declara DESISTIDO el recurso de control de la legalidad interpuesto por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia publicada el 26 de junio del año 2007, dictada por Juzgado Superior Primero del Trabajo de la misma Circunscripción Judicial, con sede en Los Teques, y 2°) ORDENA al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la misma Circunscripción Judicial, con sede en Guarenas que resulte competente continúe con los trámites correspondientes.
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