Sentencia N° 1560 — Sala de Casación Social del TSJ, 29 de octubre de 2014
TSJ/SCS, Sent. N° 1560, Exp. 14-955, 29/10/2014
Expediente14-955
PonenteOctavio Sisco Ricciardi
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2014-10-29
DecisiónInadmisible
Resumen
El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, declara inadmisible el recurso de control de la legalidad interpuesto por el demandante, JOSÉ GREGORIO ESPINOZA, contra la sentencia del Juzgado Primero Superior del Trabajo de Mérida. La decisión se basa en que la sentencia recurrida se ajusta a derecho y no incurre en violaciones de normas de orden público laboral. Se establece que el recurso de control de la legalidad es un medio excepcional que debe cumplir con ciertos requisitos para su admisibilidad.
Extracto de la motiva
De conformidad con lo establecido en el artículo 178 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es potestad de esta Sala de Casación Social revisar por vía de control de la legalidad, aquellas decisiones proferidas por Juzgados Superiores del Trabajo que no siendo recurribles en casación, violenten o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral. En razón de que el recurso de control de la legalidad, es un medio de impugnación excepcional, se debe cumplir, para poder garantizar su admisibilidad, con los requerimientos formulados en la norma de la Ley Adjetiva Laboral, reproducida en el párrafo precedente; a saber: 1) que se trate de sentencias proferidas por Juzgados Superiores Laborales, 2) que éstas no sean impugnables en casación, y 3) que violen o amenacen con violentar normas de estricto orden público laboral o procesal. En tal sentido, debe entenderse que tales quebrantamientos o amenazas, irrumpen las instituciones fundamentales del derecho sustantivo del trabajo, derechos indisponibles o reglas adjetivas que menoscaban el debido proceso y el derecho a la defensa.
Dispositiva
Por las razones expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de control de la legalidad interpuesto por la parte demandante, contra la sentencia dictada el 23 de mayo de 2014, por el Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Dada la naturaleza de la presente decisión, no hay condenatoria en costas.
Palabras clave
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