Sentencia N° 1558 — Sala de Casación Social del TSJ, 20 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1558, Exp. 08-1640, 20/10/2009
Expediente08-1640
PonenteCARMEN ELVIGIA PORRAS DE ROA
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2009-10-20
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso de casación interpuesto por la parte demandada, el INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE), en un juicio por cobro de diferencias de prestaciones sociales. La Sala declaró con lugar el recurso, anulando la sentencia del Tribunal Tercero Superior del Trabajo que había revocado un dispositivo oral y ordenado la reposición de la causa. La decisión se fundamentó en la violación del derecho a la defensa y el debido proceso, al no haberse pronunciado sobre la apelación interpuesta por la parte actora.
Extracto de la motiva
Para decidir, la Sala observa: El punto medular en el caso sub examine, estriba en determinar la procedencia o no de la revocatoria por el ad quem al momento de publicar la sentencia, del dispositivo oral del fallo que dictó en la audiencia de apelación, y la consecuente anulación de sus actuaciones y reposición de la causa al estado de que el a quo se pronuncie sobre la apelación interpuesta por la parte demandante. Al respecto, la recurrida estableció: Cabe destacar, que aunque la celebración de la audiencia oral y pública de apelación, fue aplazada en distintas oportunidades, la parte actora recurrente no manifestó su disconformidad con respecto al auto que escuchó solo la apelación de la parte demandada recurrente, razón por la cual esta alzada procedió a realizar la audiencia oral y pública de apelación en la cual se escucho (sic) el referido recurso y en que la parte actora dejó constancia que luego de revisado el expediente en ese momento, constataron el hecho cierto de que su apelación no fue escuchada. Luego de realizada la audiencia y dictado el dispositivo respectivo es cuando mediante diligencia de fecha 18 de marzo del 2008, solicitan la reposición de la causa al estado de que sea oído el recurso de apelación solicitado, debido a que el Tribunal de Juicio obvio (sic) dicho pronunciamiento violentando así el Derecho a la Defensa y al Debido Proceso.
Dispositiva
En mérito de las consideraciones anteriores, esta Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de casación interpuesto por la representación legal de la parte demandada INSTITUTO NACIONAL DE COOPERACIÓN EDUCATIVA (INCE); 2) ANULA el fallo publicado por el Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, en fecha 27 de marzo de 2008; y 3) REPONE LA CAUSA al estado de que el juez superior publique la reproducción escrita del fallo dictado en forma oral, en fecha 18 de marzo de 2008.
Palabras clave
cobro de prestacionesderecho a la defensadebido procesorecurso de casaciónrevocatoriaaudiencia oralsentencia laboral