Sentencia N° 1546 — Sala de Casación Social del TSJ, 16 de octubre de 2009
TSJ/SCS, Sent. N° 1546, Exp. 09-047, 16/10/2009
Expediente09-047
PonenteOMAR ALFREDO MORA DÍAZ
MateriaLaboral
Tipo de recursoControl de la legalidad
Fecha de la decisión2009-10-16
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara con lugar el recurso de control de la legalidad interpuesto por Douglas Alfredo Mendoza Bello contra la sentencia del Juzgado Cuarto Superior del Trabajo. Se anula el fallo recurrido y se declara parcialmente con lugar la demanda, reconociendo la existencia de una relación laboral entre el demandante y la Asamblea Nacional desde el 17 de agosto de 2004 hasta el 30 de agosto de 2005, incluyendo el tiempo de pasantías. La Sala establece que la asignación económica recibida por el demandante durante su pasantía no constituye salario, y se ordena el pago de prestaciones sociales adeudadas.
Extracto de la motiva
La Alzada consideró demostrado por el actor la continuidad de la relación laboral, agregando que la demandada no logró desvirtuarla. También señaló, que si bien es cierto inicialmente la relación comenzó con el desempeño por el laborante de una pasantía, sin embargo, ésta fue remunerada, para continuarla el 01 de enero de 2005, como contratado, desempeñando idénticas funciones, en cuyo caso, el laborante continuó haciendo las mismas tareas, bajo remuneración, recibiendo el beneficio o producto de su labor el mismo ente debiéndose concluir, entonces, que existió una sola relación con inicio el 17 de agosto de 2004, para concluir el 30 de agosto de 2005.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Social, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el recurso de control de la legalidad anunciado y formalizado contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de fecha 6 de noviembre de 2008; 2) se ANULA el fallo recurrido, y; 3) se declara PARCIALMENTE CON LUGAR demanda, conforme los lineamientos que han sido expuestos en párrafos anteriores.
Palabras clave
relación laboralpasantíaprestaciones socialesindemnizacióncontrol de la legalidadAsamblea NacionalsalarioLey Orgánica del Trabajo